MODELO DE CONTRATO DE FRANQUICIA.
En......................................a....................de..........................de..................
REUNIDOS
De una parte
D........................................., mayor de edad, con
domicilio en....................................
calle......................................................., quien
actúa en nombre y representación de........................... S.A.
(denominación, domicilio social, datos de inscripción en RM,
NIF.....) (en adelante denominada franquiciador), en calidad
de..................... (cargo ostentado en la persona jurídica:
Consejero delegado, Administrador.......), según resulta
de..................................... (mencionar si resulta de los
Estatutos sociales o de una escritura posterior de nombramiento), con
poderes suficientes para este acto.
(Si el franquiciador es
una persona fisica, mencionar que obra por cuenta y en nombre
propio).
Y de otra,
D....................................... (denominado en lo sucesivo
franquiciado), mayor de edad, con DNI
número....................................... y domicilio en
….........................................................calle..............................................
número........................ (SI el franquiciado es una persona
jurídica, mencionar los mismos datos que para el franquiciador).
Ambas partes se reconocen
la mutua capacidad de obrar necesaria para la firma del presente
contrato y puestos previamente de acuerdo.
DECLARAN
a) El franquiciador es
titular..............................................................(mencionar
las circunstancias de su titular en cuanto a Registro de la Propiedad
Industrial, Registro Europeo.........) de
…...........................................(mencionar la marca,
rótulo del establecimiento) acreditados en el mercado como signos
distintivos de
…...................................................(delimitar
especificamente el producto o servicio objeto de la franquicia).
(Si el franquiciador es
titular de otros derechos de propiedad industrial que formen parte
del objeto de la franquicia mencionar, ademas de la calificación de
los mismos y las circunstancias de su titularidad, el objeto
especifico al que se refieran en el ámbito de la franquicia. Esta
precisión es necesaria incluso cuando el tal derecho no se
transmita, pero se ceda el uso del bien en que se ha instrumentado, y
gr., patentes de inversión de una máquina de reparación de
calzado, cuando este sea esencial al desarrollo de la actividad en
que consista la franquicia).
b) El franquiciador ha
desarrollado unos métodos específicos de distribución, diseño de
los puntos de venta y gestión de los establecimientos, tal que en
conjunto constituye un Know comercial particular logrado mediante la
inversión de medios económicos en investigación, así como en
virtud de la larga experiencia en el sector, todo lo cual ha
condensado en el MANUAL “M” (mencionar que la titularidad que
ostenta sobre el Manual deriva de ser el franquiciador su autor
material e intelectual).
c) En virtud de lo
anterior el franquiciador ha alcanzado notorio prestigio comercial
dado que sus clientes identifican los productos (servicios) “X”,
como garantía de calidad y los establecimientos “X” dirigidos por
profesionales altamente cualificados.
d) El franquiciado ha
sido seleccionado por el franquiciador para formar parte de su red de
distribución y, después de haber recibido información suficiente
del franquiciador, desea formar parte de la misma y ser adiestrado y
asistido en el ejercicio (mencionar la actividad comercial al
desarrollar por el franquiciado) dentro de los limites de este
contrato.
(Si el franquiciado se
compromete a utilizar determinados instrumentos máquinas en la
explotación de la franquicia, detallarlo convenientemente).
e) El franquiciado
reconoce y admite la importancia que para el franquiciador y para los
otros franquiciados tiene el mantenimiento de las características
especiales del negocio descrito a fin de que la imagen de los
establecimientos “X” no se vea deteriorada respecto al público.
f) El franquiciado
reconoce y admite la singular relación con el franquiciador y los
beneficios mutuos que se derivan del mantenimientos de los criterios
y política fijados por el franquiciador y de una apertura de
comunicaciones y de amplia colaboración con otros franquiciados y
con el franquiciador, así como la dependencia de cada uno de ellos
para la fiel ejecución de los términos y condiciones de este
acuerdo, no obstante la condición de empresarios independientes que
ostentan.
EN CONSECUENCIA,
considerando las premisas y convenios mutuos aquí convenios, se
acuerdan por y entre las partes los siguientes:
PACTOS
PRIMERO: El
franquiciador concede por el presente documento al franquiciado, y
este a su vez, también por el presente documento, acepta una
franquicia como franquiciado “X” según los términos y
condiciones en el mismo, consistente en:
1.º
La autorización para la distribución (producción/distribución) de
los productos (servicios) “X” (si se trata de una franquicia
multimarcas mencionar únicamente el género de actividad y el tipo
de productos en abstracto, v. gr. Productos microinformáticos, si
es posible o muy costoso hacer una relación de los mismos) en el
local del franquiciado (mencionar en qué concepto dispone del local,
propiedad, arrendamiento....) descrito en este contrato.
2.º
La utilización por el franquiciado del Know How (comercial,
comercial/técnico) condensado en el MANUAL “M”.
3.º
El uso por el franquiciado de los signos distintivos propiedad del
franquiciador consistentes en (detallamos convenientemente, marcas,
rótulos, logotipos...) siempre en conexión con los productos
(servicios) “X” y con la tienda “T” respectivamente.
(si
ha sido necesaria la licencia de otros derechos de propiedad
industrial mencionar las circunstancias detalladamente.)
4.º
La prestación por el franquiciador al franquiciado de asistencia
comercial durante la vigencia del acuerdo en los términos que más
adelante se detallan.
SEGUNDO:
La concesión de la presente franquicia no supone en ningún caso la
creación de un vínculo laboral entre franquiciador y el franquiciado.
Al contrario, la franquicia otorgada por el presente se configura
como negocio propio del franquiciado, que éste conducirá a su
propio riesgo y ventura asumiendo los resultados del mismo.
El
franquiciado no está autorizado a presentarse como socio, agente o
representante del franquiciador, ni tendrá ninguna representación,
expresa o tácita, para actuar en su nombre.
Ningún
acuerdo, pacto o promesa, declaración o actuación de cualquier
clase efectuados por el franquiciado con infracción de lo dispuesto
en el párrafo anterior, vinculará al franquiciador en modo alguno
siendo el franquiciado el único responsable frente a terceros por
tales actuaciones.
TERCERO:
El franquiciado explotará la franquicia concedida en (mencionar el
ámbito territorial y su extensión, es decir, zona de una ciudad,
ciudad, provincia, alquilado...) sito en (calle, número,
extensión....). Se adjunta plano firmado por las partes.
El
franquiciador se obliga a no otorga ninguna otra franquicia “X”
en dicho ámbito territorial, de modo que en una distancia no
inferior a (precisar distancia respecto a una ulterior
establecimiento franquiciado) no exista otro negocio de iguales
características y objeto negocial con el signo distintivo del
franquiciador, igualmente se obliga a no distribuir por él mismo los
productos (servicios) objeto de la franquicia, así como a impedir la
competencia activa, de otros franquiciados sobre ese territorio. No
se obliga, sin embargo, a impedir que otros franquiciados atiendan a
clientes no solicitados procedentes del mismo.
CUARTO:
El franquiciado se abstendrá de abrir una segunda tienda, ya
dentro, ya fuera del territorio expresado, así como, en general de
ejercer un comercio similar al que es objeto de la franquicia durante
la vigencia de este contrato, ni directa ni indirectamente a través
de personas físicas o jurídicas interpuestas.
Del
mismo modo se abstendrá de ejercer un comercio similar al que es
objeto de esta franquicia durante un año después de la expiración
del contrato en el territorio donde haya explotado la franquicia, ni
directa ni indirectamente a través de personas físicas o jurídicas
interpuestas.
A
estos efectos, se considerarán personas físicas interpuestas los
parientes del franquiciado hasta el cuarto grado de consanguinidad o
afinidad en linea recta, ascendente o descendente, y hasta el octavo
grado de consanguinidad o afinidad en linea colateral.
Se
considerarán jurídicas interpuestas aquellas en las que el
franquiciado o alguna persona interpuesta según la anterior
numeración, ostenten aislada o separadamente un porcentaje superior
al …..% del capital social o tenga invertidos de otro modo recursos
que excedan de dicho porcentaje o tengan el poder o la facultad
efectiva de dirigir los asuntos sociales.
Es
facultad del franquiciador decidir cuando se da esta competencia
entre marcas.
QUINTO:
El franquiciado está obligado a decorar el local previsto en este
contrato ateniéndose estrictamente a las directrices suministradas
por el franquiciador en el
proyecto.............................de...................., a tal
fin es obligación del franquiciador ponerle en contacto con el
Gabinete de Diseño y Decoración designado por el franquiciador al
efecto.
El
franquiciador reconoce por el presente contrato que los derechos de
propiedad industrial e intelectual sobre el proyecto de tienda “T”,
diseños de decoración, concepción de módulos............,
corresponden en exclusiva al franquiciador.
El
franquiciador está autorizado a introducir cualquier modificación en
los mismos sin necesidad de contar con el consentimiento del
franquiciado.
En
especial, son obligaciones del franquiciado a este respecto:
- Invertir los medios económicos y financieros necesarios para ejecutar el Proyecto de Decoración de la tienda “T”, de conformidad con diseños y Proyecto propiedad del franquiciador.
A
este fin, el franquiciado contratará a su exclusivo coste, los
servicios del Gabinete de Diseño y Decoración sugerido por el
franquiciador, comprometiéndose a ejecutar las obras que fueren
necesarias en el interior y exterior del local a sus propias
expensas. La falta de pago por el franquiciado del importe de las
obras y honorarios en la forma y plazos pactados con el Gabinete de
Diseño y Decoración dará lugar a la terminación del presente
contrato.
2.
No alterar, sin previo consentimiento por escrito del franquiciador,
el diseño de la tienda “T”, comprometiéndose a mantenerla
siempre en perfecto estado de conservación, decoración y limpieza
de conformidad con los requerimientos de imagen de la cadena.
3.
Obtener a su costa cualesquiera licencias o permisos municipales o de
cualquier otra índole o exigidos por la Administración de cualquier
grado para ejecución de las obras, la apertura del local y su
explotación comercial.
4.
Mantener sobre la tienda “T” la calidad de (propietario,
arrendatarios...)
5.
Cumplir todas las obligaciones contractuales y fiscales derivadas de
la tendencia del local donde se asienta aquella con toda exactitud y
puntualidad.
SEXTO:
La presente franquicia comenzará su vigencia el día de la firma de
este contrato, según se expresa en el encabezamiento, y continuará
en vigor por un periodo de …......................... años,
finalizando por tanto el día …............ de
…................................... de …..........................
Este
contrato se prorrogará automáticamente por sucesivos periodos de un
año a partir de su vencimiento, a menos que cualquiera de las partes
notifique a la otra por escrito con …............ meses de
antelación a la fecha de vencimiento inicial o de cada periodo de
prórroga, su deseo de no renovarlo.
SÉPTIMO:
el franquiciador se obliga a ceder el uso de (detallar
convenientemente los signos distintivos), y se obliga a usarlos
exclusivamente en conexión con los productos (servicios, actividad)
“X” y con la tienda “T” respectivamente.
El
franquiciador se abstendrá de utilizar como símbolo, marca,
rótulo....., cualquier signo distintivo diferente de los aprobados
por el franquiciador para su uso en el ámbito de la franquicia.
OCTAVO:
El franquiciado reconoce por el presente contrato el derecho que
sobre el know how (comercial, comercia/técnico) condensado en el
Manual “M” ostenta en exclusiva el franquiciador, y se compromete
a utilizarlo en la gestión de su establecimiento con exclusión de
otros, explotando la franquicia en todo momento de acuerdo con las
directrices del Manual “M”.
(Si
ha existido transmisión de otros derechos de propiedad industrial
hacerlo constar convenientemente, consignando una cláusula en
términos semejantes a los de las anteriores.)
(Si
el franquiciado se ha obligado a la utilización de determinados
instrumentos o máquinas para explotar la franquicia, enumerarlos
adecuadamente efectuando una descripción de los mismos.)
También
es necesario hacer constar el concepto, las circunstancias y a la
contraprestación, en virtud de los cuales el franquiciado se halla
facultado al uso:
El
franquiciado se halla obligado a utilizar la máquina “X” y
elementos complementarios propiedad del franquiciador en la
explotación de la franquicia.
La
maquina “X” será siempre propiedad del franquiciador, quien la
mantendrá en perfecto estado de funcionamiento y la cambiará y
sustituirá por otra si sufriera daños.
El
franquiciado abonará al franquiciador en concepto de la maquina “X”
la cantidad de pesetas (mensuales, trimestrales...)
El
franquiciado utilizará los servicios técnicos del franquiciador
para las periódicas revisiones de la máquina “X” y para las
posibles reparaciones de la misam, absteniéndose de cualquier
manipulación en el supuesto de que sufriera roturas o paros...)
El
franquiciado reconoce el carácter confidencial y reservado de la
información y know how (comercial, comercial/técnico) recibidos del
franquiciador y condensado en el Manual “M”, y por ello se
obliga:
1. A
no divulgar a terceros el contenido de los documentos recibidos del
franquiciador, ni los conocimientos que este le transmita durante la
vigencia de este contrato o en un período de …........... años a
partir de su terminación.
2.
Ano aplicar el know how recibido del franquiciador a otros negocios
propios ni durante la vigencia de este contrato ni durante un plazo
de …........años a partir de su terminación.
A
este respecto son obligaciones del franquiciador:
1.
Entregar al franquiciador el Manual “M” en el que se contiene las
especificaciones relativas al know how (comercia, comercial/técnico)
desarrollado por el franquiciador.
2.
Entregar el franquiciado cualquier modificación o adición al Manual
“M”.
3.
Mantener informado al franquiciado de cualquier desarrollos técnicos
conseguidos por el franquiciador en relación a las materias
contenidas en el Manual y, en general, a asesorarle de modo continuo
fin de que pueda aplicar debidamente las instrucciones que consta en
el Manual, tanto de la puesta en marcha del negocio como de la
gestión integral del establecimiento en su fase de funcionamiento.
4.
Facilitar el franquiciado asesoramiento y orientación en relación
al reclutamiento, entrenamiento y gestión del personal dependiente
del franquiciado.
5.
Realizar visitas periódicas al negocio franquiciado sirviéndose de
personal técnicamente cualificado a fin de solventar los problemas
que puedan planteársela al franquiciado o a sus empleados. Con el
objeto de dejar constancia de las mismas, se extenderá un breve
memorándum de su periodicidad y del objeto de la asistencia prestada.
El
franquiciador está autorizado a introducir cualquier modificación
en los documentos anteriormente citados sin necesidad de contar con
el consentimiento del franquiciado, siempre que ello no implique
alteración sustancial del contenido contractual.
NOVENO:
Es obligación del franquiciado comunicar al franquiciador toda la
experiencia obtenida en el marco de la explotación de la franquicia
y concederle a él y a otros franquiciados una licencia no exclusiva
sobre el know how que pudiera resultar de dicha experiencia.
DÉCIMA:
Es obligación del franquiciado informar al franquiciador de toda
infracción de los derechos de propiedad industrial o intelectual
concedidos, emprender acciones legales contra los infractores o
asistir al franquiciado en cualquier acción legal que decida
intentar contra aquellos.
Es
obligación del franquiciador cuidar del mantenimiento de ( mencionar
los signos distintivos y otros derechos de propiedad industrial
transmitidos) de su propiedad, a fin de que no exista problema alguno
para el franquiciado en cuanto a su uso.
UNDÉCIMO:
A la terminación de este contrato por cualquier causa que fuere, el
franquiciado dejará de usar (detallar convenientemente los signos
distintivos y otros derechos de propiedad industrial concedidos),
así como cualquiera letreros, mobiliario, máquinas, tarjetas,
materiales de exhibición, promoción o publicidad que contengan la
mención “X” o que puedan ser asociados con la imagen de la
marca.
El
franquiciado entregará al franquiciador todos los letreros
expositores, y material de exhibición, promoción y publicidad que
contengan (detallar convenientemente los signos distintivos).
DUODÉCIMO:
Es obligación del franquiciador entregar al franquiciado el
Libro de Productos “X”.
Es
obligación del franquiciado garantizar al franquiciador la
exclusividad en el aprovisionamiento de productos. A tal efecto el
franquiciado contratará exclusivamente con los proveedores que, en
cada caso y para cada producto, señale el franquiciador.
El
franquiciado comprará los productos “X” exclusivamente a los
proveedores que el franquiciador designe en los términos anteriores
estableciendo con los mismos los oportunos contratos de suministro.
(Esta
cláusula de aprovisionamiento obligatorio, puede ser sustituida por
una exclusiva a favor del franquiciador, si él es fabricante, sin
embargo sólo es válida tratándose de productos de marca. Si la
franquicia es “multimarcas” la licitud del pacto exigirá que la
especial naturaleza de los productos impida que el franquiciador
establezca o aplique normas objetivas de calidad. Siendo ello
posible, el franquiciado debe ser libre, en principio, de abastecerse
de productos de calidad equivalente)
Este
razonamiento puede aplicarse a los productos en el marco de la
prestación de servicios.
En
este ámbito, así como en las franquicias industriales tiene una
especial importancia los ingredientes y materiales utilizados en la
elaboración del producto, a veces. Lo relevante no son tanto los
ingredientes como la manera de combinarlos, de ahí que en
determinadas franquicias el franquiciador se reserve la fórmula,
concediendo al franquiciado sólo la facultad de añadir ciertos
elementos a fin de lograr el producto último. Tratándose de la
prestación de servicios, se dan franquicias donde incluso el
franquiciado debe únicamente por ejemplo, calentar y empaquetar el
producto según las indicaciones del franquiciador.
Según
la modalidad de que se trate el contrato debe detallar
convenientemente cual es el ámbito de discrecionalidad de que goza
el franquiciado.
La
falta de pago a los proveedores por parte del franquiciado dará
derecho al franquiciador a terminar este contrato sin más requisito
que notificar fehacientemente al franquiciado la decisión de
finalizarlo con un pre aviso de …......................... meses.
Durante
la vigencia de este contrato, el franquiciado se abstendrá de
participar directa o indirectamente en la fabricación, distribución,
representación, promoción y venta de cualesquiera productos que
sean competidores con los productos del franquiciador.
Al
término del contrato por cualquier causa que fuere, el franquiciado
debe entregar al franquiciador el Libro de Productos “X”
DECIMOTERCERO: Es
obligación del franquiciado actuar con la máxima diligencia para
optimizar el volumen de negocios de la Tienda “T”. Sin perjuicio
de ello, se considerará como obligación esencial de este contrato
la consecución por el franquiciado de un volumen mínimo de ventas
igual al precio medio de …........................ (productos/
servicios objeto del contrato), durante los …........................
primeros meses de duración del presente contrato.
Para
periodos sucesivos, el volumen mínimo de ventas será la cantidad
resultante de revisar el volumen mínimo de ventas del periodo
de...............................meses anteriores por el incremento
del indice de precios al consumo para la ciudad y el sector
(actividad a la que se refiere la franquicia) en que esté
establecida la franquicia, con respecto al citado período de tiempo.
DECIMOCUARTO:
El franquiciado se obliga a someter al consentimiento del
franquiciador la publicidad que efectúe de su punto de venta. Se
obliga también a participar en las campañas de promoción y
publicidad que efectué de su punto de venta. Se obliga también a
participar en las campañas de promoción y publicidad en las que el
franquiciador entienda que los franquiciados deben tomar parte,
destinando para tales campañas una cantidad equivalente, como
máximo, al …...................... por 100 volumen de ventas netas
hechas por el franquiciador en el último (trimestre, semestre...)
DECIMOQUINTO: Es
obligación del franquiciado concertar a su costa una póliza de
seguros de daño y responsabilidad civil que cubra suficientemente el
local (y los productos, máquinas, instrumentos, materiales...en el
expuesto o almacenados).
DECIMOSEXTO:
El franquiciado fijará libremente los precios de venta al público
de los productos (servicios), si bien el franquiciador, para evitar,
perjuicios a la reputación e identidad de la cadena franquiciada,
recomienda que no sean estos superiores a los sugeridos con carácter general para todos sus franquiciados.
A
fin de facilitar la labor del franquiciado en este sentido, el
franquiciador le comunicará los precios de venta para cada
producto/servicio y en cada momento.
DECIMOSÉPTIMO:
En contraprestación a la concesión de la franquicia, el
franquiciado pagará el franquiciador los siguientes cánones:
- Un canon de entrada de franquicia por una sola vez pagadero a la firma de este contrato por importe de …..................... millones de pesetas mediante la entrega de un cheque número..................... contra su cuenta corriente (mención de la entidad de crédito) con fecha del día de hoy (o en efectivo metálico), de cuya entrega sirve el presente documento como más formal recibo.
- Un canon periódico (anual, mensual, trimestral) equivalente al................. por 100 de su facturación total........................................(anual) incluyéndose dentro de ella el IVA percibido de sus clientes y deducido el soportado y pagado a sus proveedores, que será satisfecho al franquiciador dentro de los …........................ días siguientes a la entrega de la correspondiente factura junto con el IVA a cuyo pago está sujeto el franquiciado por imperativo legal.
DECIMOCTAVO:
Al objeto de practicar las liquidaciones de cánones, el franquiciado
facilitará al franquiciador los datos necesarios para determinar el
volumen de ventas de ….......................(productos/servicios)
en el período (trimestral, semestral....) que corresponda.
El
franquiciador tendrá derecho a examinar la contabilidad del
franquiciado en su local y en horas en que el mismo permanezca
abierto al público. En general, para permitirle comprobar que el
franquiciado en el establecimiento “T”, incluyendo los productos
(procedimientos de elaboración y manipulación de productos) y los
servicios prestados a la clientela en el horario de apertura al
público.
DECIMONOVENO:
El presente contrato se celebra en consideración a la persona del
franquciado y en consecuencia no podrá este transmitir, sin previo
consentimiento por escrito del franquiciador, los derechos y
obligaciones que para él se derivan del mismo.
El
franquiciador se reserva la facultad de ceder sus derechos y
obligaciones derivados de este contrato a un tercero a su libre
elección, pero vendrá obligado a comunicarlo por escrito al
franquiciado, quedando el cesionario/franquiciador subrogado en todos
los derechos y obligaciones contractuales del cedente.
(Es
conveniente que se prevea también la obligación del franquiciador
de informar al franquiciado sobre los cambios acaecidos en su
estructura empresarial, esto es, a efectos del Derecho de la
Competencia, si va a ejercer determinado control sobre otras empresas
o si va a ser ejercido sobre él)
VIGÉSIMO:
Sin perjuicio de las causas generales de terminación previstas en la
legislación vigente, son causas de extinción del presente contrato
las siguientes:
- El incumplimiento por cualquiera de las partes de cualquiera de las obligaciones asumidas por la formalización de este contrato.
- La liquidación, disolución, muerte o cese en el negocio y la incapacitación en el caso de la persona física del franquiciado.(Se puede prever la posibilidad de subrogación contractual en el supuesto de fallecimiento o incapacidad del franquiciado persona física a favor de su cónyuge o uno de sus descendientes.)
- La insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o procedimiento concursal y la expropiación o embargo de una parte sustancial de los activos en que se vea envuelta cualquiera de las partes.
- El vencimiento del plazo originario o las prórrogas en la forma prevista en este contrato.
- El retraso del franquiciado en más de …......................meses en comenzar la explotación del negocio.
- El incumplimiento por el franquiciado de las obligaciones derivadas de contratos firmados con los proveedores de productos.
- El retraso por parte del franquiciado en el pago al franquiciador de las prestaciones económicas previstas en este contrato por término superior a ….........días a partir de la recepción de la correspondiente factura girada por el franquiciador.
- El no respetar el franquiciado su obligación de mantener en secreto el know how condensado en el Manual “M” y los conocimientos cedidos al mismo por el franquiciador, así como el hecho de que cuestione o impugne la titularidad o validez de cualquiera de los derechos de propiedad industrial o intelectual objeto de la franquicia.
VIGÉSIMO PRIMERO:
En el supuesto de expiración contractual por cualquier causa que
fuere, el franquiciador puede optar entre readquirir del franquiciado
los productos objeto de la franquicia que en ese momento se hallen en
su poder, o bien permitir al franquiciado que los venda autorizándole
al uso....................................(mencionar los signos
distintivos en concreto que se le autoriza a utilizar) durante un
máximo de …...............meses.
Si
opta por la readquisición el precio de los productos se fijará
según su valor de mercado en el día en que se produzca la
terminación del convenio.
Si
el franquiciador no manifiesta de forma terminante la opción a favor
de una de estas dos alternativas, se entenderá que ha concedido la
autorización de ventas en los términos anteriores.
VIGÉSIMO SEGUNDO: El
franquiciado es consciente y efectuará todas las inversiones y
desembolsos económicos comprendidos en este contrato teniendo plena
conciencia de las pérdidas que puedan producirse por la extinción o
terminación del mismo, y asume el riesgo que estas comportan.
No
obstante ello, si por cualquier causa que fuera, el contrato termina
sin que haya mediado una duración razonable para que el franquiciado
haya amortizado las inversiones y gasto a los que le sujeta este
convenio, el franquiciador fijará una compensación en su favor.
(Puede ser un porcentaje del derecho de entrada).
VIGÉSIMO TERCERO:
El franquiciado es consciente de su cualidad de empresario
independiente. No obstante ello, si en razón de su condición de
usuario de los signos distintivos del franquiciador, crea o
desarrolla una clientela que luego, por efecto de la terminación del
contrato, no se puede conservar en tanto sigue a la marca
(rótulo....), beneficiando por ello al franquiciador de forma
exclusiva, se compromete este a compensar a aquél.
(Esta
previsión es especialmente importante cuando existe cláusula de no
competencia postcontractual. Puede fijarse un porcentaje del derecho
de entrada.)
VIGÉSIMO CUARTO: En
el caso de que cualquiera de las previsiones contenidas en este
acuerdo se convierta en razón de litigio para cualquiera de las
partes o si la terminación del acuerdo o la procedencia o monto de
las compensaciones determinará por arbitraje de derecho ante la
Asociación de Arbitraje “X”. El nombramiento de árbitros y el
procedimiento de arbitraje se llevará a cabo de acuerdo con las
reglas vigentes en el momento en cuestión en la Asociación de
Arbitraje “X”.
(Esta
cláusula de arbitraje puede sustituirse por un pacto de sumisión,
dentro de los límites legales, a determinado juzgado o tribunal.)
En
testimonio de lo cual, las partes que celebran este acuerdo han
formalizado y sellado el mismo firmándolo por duplicado y a un solo
efecto al igual que el Manual “M” en el lugar y fecha del
encabezamiento.
…............................................................S.A.
(franquiciador)
Firmado
por
…........................................................................................................
En
nombre y representación de
…....................................................
…...........S.A.
…...............................................................
(franquiciado)
…................................................................
(franquiciado)
…...................................................................
(testigo)
…...................................................................
(testigo)
Origen de los documentos: ARAGON EMPRESA (GOBIERNO DE ARAGON)
Fecha de la vista para la reutilización de la información pública: 11 de abril del 2014.